El pasado miércoles 31 de octubre entró en vigor la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaría y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha de fraude.
Este cambio supone que desde el 31 de octubre para las ejecuciones de obra, con o sin aportación de materiales, así como la cesiones de personal para su realización, de contratos directamente formalizados entre el promotor y el contratista, así como el contratista principal u otros subcontratistas, que tengan por objeto la urbanización de terrenos o la construcción o rehabilitación de
sujeto pasivo", es decir, que lo que está obligado a pagar el IVA ya no lo es el constructor sino el propietario o promotor de la obra. Esto implica que todas las facturas que se hagan a partir del pasado 31 de octubre por parte de subcontratistas y constructores irán sin IVA, y este IVA le tendrá que pagar el propietario de la obra.
Por este motivo y para poder abordar toda esta temática y al mismo tiempo poder dar respuesta a nuestras empresas, hemos creído oportuno organizar esta Conferencia-Coloquio donde hemos invitado a expertos profesionales de nuestro sector.